De conformidad con lo que dispone los Artículos 20 y 24 de los Estatutos del Club, el Presidente y la Junta Directiva, con la aprobación de la Asamblea General Extraordinaria han acordado el siguiente Reglamento de Régimen Electoral que pasará a formar parte de los estatutos del Club Deportivo Racing de Mayorga.

Fecha de las Elecciones (Votaciones): En la Asamblea Extraordinaria convocada para tal efecto.

Presentación de las Candidaturas: Desde la convocatoria (mínimo 15 días antes de las elecciones) hasta el comienzo de la Asamblea Extraordinaria.

Modo de presentación: Por escrito y duplicado al secretario de la Junta Directiva.

Admisión de las Candidaturas: Deberán estar formadas por 7 miembros mayores de edad, que estén al corriente de los pagos de la cuota de socios y que tengan una antigüedad de 2 años como socio. Ningún socio podrá ir en más de una candidatura.

En el caso de que un miembro de la Junta Directiva cese de sus funciones ya sea por propia iniciativa, cese, muerte o cualquier otro motivo que le impida desempeñar su labor en la Junta Directiva, el reserva ocuparía el puesto de Vocal en la nueva Junta Directiva. En este caso se seguirá el orden lógico para la nueva composición de la Junta Directiva. Este sería, manteniendo siempre que sea posible los puestos el Secretario y el Tesorero. En el caso de que el puesto a sustituir sea el de Presidente ese cargo lo ocuparía el Vicepresidente, pasando a ser Vicepresidente un Vocal.

Si la Junta Directiva perdiese dos miembros, al no poder cubrir todos los puestos con un solo reserva, deberá convocar elecciones anticipadas.

Composición de las Candidaturas: Estará compuesta obligatoriamente por: Un Presidente, un Vicepresidente, Un Secretario, Un tesorero, Dos Vocales y Un Reserva.

Votación: En el supuesto de que resulte proclamada más de una Candidatura, durante la Asamblea General Extraordinaria de Socios convocada para tal fin. Si solo resulta proclamada una Candidatura serán nombrados los miembros de ésta como Presidente y Junta Directiva.

Modo de elección (si se realizase): El Presidente, el Vicepresidente y el Secretario de la Junta Directiva saliente actuarán como Mesa Electoral. Si alguno de ellos estuviera en alguna candidatura su puesto lo ocuparía un asistente al azar. El secretario de la Junta Directiva siempre actuara como Secretario de la mesa electoral (aun estando en una candidatura).

La votación se realizará mediante sufragio libre, igual, directo, secreto y no delegable.

En la misma dependencia donde se sitúe la Mesa Electoral se colocaran papeletas ya impresas con el nombre del Presidente de cada candidatura y en número suficiente para que no se agoten en el transcurso de la votación.

Las papeletas dobladas se entregarán al Presidente que las introducirá en la urna debidamente precintada.

Una vez concluida la votación de todos los asistentes a la Asamblea Extraordinaria la Mesa Electoral procederá a la apertura de la urna y al recuento público de las papeletas.

Finalizado el recuento el Presidente dará a conocer el resultado.

Se proclamará nueva Junta Directiva a la que obtenga la mayoría simple de los votos. El Secretario levantará acta con el resultado de las elecciones firmando en él los miembros de la Mesa Electoral y los miembros de las Juntas Directivas entrantes y salientes.

La nueva Junta Directiva tomará posesión dentro de los quince días siguientes a su elección en sesión conjunta con la Junta Directiva saliente. Poniéndolo en conocimiento del Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León en el plazo de 5 días tras la toma de posesión.

Todos los cargos serán obligatorios, gratuitos, honoríficos y carecen de interés en los resultados económicos de la explotación por sí mismos o por persona interpuesta.

Votantes: Todos los socios mayores de edad y que estén al corriente del pago de la cuota social establecida. Con indiferencia de raza, sexo, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Excepciones: En el caso de que no haya ninguna candidatura a Presidente y Junta Directiva, se votará entre los asistentes a la Asamblea Extraordinaria y el que tenga mayor número de votos será proclamado Presidente, teniendo que formalizar una Junta Directiva con los asistentes a la Asamblea Extraordinaria que el elija.

Anomalías: Si se diese un supuesto que este reglamento no contemple, será en Asamblea Extraordinaria donde se decida el procedimiento a seguir.

En Mayorga a 12 de abril de 2014

 

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